5.3. Circunstancias que afectan a la Contratación Internacional

  • Dada la complejidad de la normativa y la aparición de nuevas modalidades contractuales, se debe procurar la concreción en un contrato internacional para evitar posteriores complicaciones entre las partes.
  • Los contratos deben redactarse en términos de claridad, concisión y concreción, eliminando y excluyendo los términos ambiguos, genéricos o equívocos, así como la asunción de obligaciones imposibles.
  • Cuando los documentos se redacten en un idioma diferente al español, la recomendación sería que vayan acompañados de la pertinente traducción.
  • El grado de confianza, el conocimiento mutuo, la experiencia bilateral adquirida, o las normales relaciones entre las partes serán circunstancias que faciliten la operativa y eficacia de los contratos; por ello, es importante destacar los principios que deben regir la relación contractual internacional:
    1. Principio de autonomía de la voluntad de las partes.
    2. Principio de buena fe contractual.
    3. Principio de pacta sunt servanda (cumplimiento de lo pactado legalmente).
    4. Principio de actuación con la diligencia debida con arreglo a los usos y costumbres de cada sector.
  • No se debe reproducir de forma insistente los modelos de contratos genéricos, sino adaptarlos a la situación y necesidades concretas que desean las partes.
  • Es necesario especificar el producto, su diseño y seleccionar el mercado objetivo donde se pretende comercializar.

Siguiente

Subir

Proyecto Wide Innovation in MedPrograma Med

© Exma. Diputación Provincial de Granada. Este proyecto está cofinanciado por fondos FEDER y realizado en el marco del Programa MED.
Ficha Técnica