¿Qué es el forfaiting?

Dentro del mundo de los contratos mercantiles, existen algunos más comunes que otros o que, al menos, nos suenan más por los círculos que nos movemos. Quiero presentar lo que es un contrato mercantil de colaboración de forfaiting:

Es una modalidad de financiación de exportaciones que consiste en el descuento sin recurso, por parte de una entidad financiera, de los derechos de cobro de una serie de efectos mercantiles que el exportador recibe para instrumentar el pago diferido de operaciones comerciales de compra/venta. Los instrumentos susceptibles de ser financiados son las letras y los pagarés, ambos con el aval de bancos de primera línea. El plazo admitido suele ser de entre 6 meses y 5 años.

Es decir, aclarando un poco la idea: modelo de contrato mercantil, mediante el cuál el cliente, dedicado a la exportación de bienes en un determinado territorio, encarga a la empresa forfaiting la gestión de cobros que tenga pendientes en ese país por la venta de sus productos. Se establecen las condiciones y estipulaciones necesarias para el cumplimiento del contrato, así como los derechos y obligaciones de cada una de las partes.

En un modelo de contrato de forfaiting común el apartado de MANIFIESTAN, sería del siguiente tenor:

I.- Que EL CLIENTE se dedica a la exportación de ………………………. en…………………….. , para lo que precisa encargar a un tercero la gestión del cobro de los efectos que las ventas que realiza le producen en ese país.

II.- Que LA EMPRESA FORFAITING está interesada en realizar la gestión de los cobros que el CLIENTE tenga pendientes en dicho país y en las condiciones y forma que se dirán, y que por ello ambas partes.

 

Existirían aparte un conjunto innumerable de cláusulas (tantas como decidan establecer) por las que las partes regularían su relación de obligación, por destacar algunas de ellas:

1.La EMPRESA FORFAITING se compromete a aceptar por endoso todas las letras y pagarés que el CLIENTE le entregue

2.EL CLIENTE se obliga a documentar cada crédito cedido con la correspondiente factura, a la que unirá el pagaré o letra de cambio debidamente endosado, y adjuntando documento fehaciente por el que se acredite la efectiva remisión de las mercancías exportadas al deudor cedido a la EMPRESA FORFAITING

3.La EMPRESA FORFAITING descontará los efectos presentados, efectuando el cambio de X (moneda) a EUROS según el valor de la fecha de recepción del efecto endosado.

4.Duración del contrato.

5.Número máximo de endosos a descontar.

Fuente: ¿Qué Aprendemos hoy? (22/08/2014)