La nueva Ley General de Telecomunicaciones

El pasado día 8 de mayo concluía el proceso de reforma de la Ley General de Telecomunicaciones, un proceso que empezó con la remisión al Congreso de los Diputados del nuevo proyecto de articulado por parte del Gobierno de la nación en septiembre de 2013, y que concluía con su segunda aprobación en el Congreso tras haber sido enmendado por el Senado en marzo.

La Ley General de Telecomunicaciones es la norma superior que permite regular de manera unificada el sector de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas. Los servicios de comunicación audiovisual, así como los de la Sociedad de la Información, quedan excluidos por hallarse regulados por normas diferentes.

Una de los objetivos enarbolados por el Gobierno para justificar la nueva reforma de la ley es el de mejorar la seguridad jurídica, pues agrupa la normativa vigente hasta ahora dispersa en los ámbitos nacional y comunitario (por ejemplo, incorpora al ordenamiento jurídico español las Directivas europeas de Mejor Regulación y de Derechos de los Ciudadanos que, junto al Reglamento del Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas, integran el Paquete Telecom aprobado en noviembre de 2009). Un ejemplo más de cuánto nos afecta lo que se debate y vota en el Parlamento Europeo.

Cambios para los operadores

La nueva ley, según el Gobierno, también persigue el fin de “fomentar la competencia sin desincentivar las inversiones”, planteando para ello reformas en el régimen jurídico de las telecomunicaciones dirigidas a facilitar el despliegue de redes y la prestación de servicios por parte de los operadores. Sin embargo, algunas formaciones de la oposición parlamentaria discrepan de esta interpretación: por ejemplo, UPyD intervino en el hemiciclo para argumentar que el proyecto de ley “desincentiva la inversión porque es difícil entrar en el sector” y “no facilita la creación de nuevas empresas porque preocupa más proteger a los que ya están […] una vez más, se da un trato de favor a los operadores dominantes“.

Por otra parte, la ley contempla una serie de requisitos que podrán imponerse a los operadores con “poder significativo en el mercado”, así como refuerza las competencias del nuevo gran organismo regulador (la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) para perseguir determinadas prácticas restrictivas de la competencia en este sector.

Cambios para los consumidores

Gracias a una enmienda pactada por la mayoría de grupos parlamentarios, mediante esta ley se avanza en el objetivo establecido en la Agenda Digital para Europa de que en el plazo de seis años todos los ciudadanos europeos puedan acceder a conexiones de banda ancha a una velocidad como mínimo de 30 Mbps, y que, al menos, uno de cada dos hogares europeos, estén abonados a conexiones de banda ancha superiores a 100 Mbps.

Según el Gobierno, las modificaciones introducidas refuerzan los derechos de los usuarios, que tendrán derecho a recibir mejor información sobre las condiciones de provisión de los servicios, y que tendrán derecho a una protección más eficaz de los datos personales (por ejemplo, se aplicarán por primera vez las normas de protección de datos a aquellos que hayan sido obtenidos a través de etiquetas RFID en productos comerciales). Otro cambio destacable es la portabilidad del número de teléfono entre operadores en el espacio máximo de un día laborable. Pese a esto, entidades como la Asociación de Internautas consideran que la ley no ampara a los usuarios sino que se enfoca, básicamente, al beneficio de los operadores.

Finalmente, cabe destacar una de las medidas polémicas que ampara el nuevo articulado: al recibir la instalación y despliegue de redes públicas de comunicaciones la calificación de “obras de interés general”, la Administración se arroga la capacidad de expropiar tejados y azoteas para instalar en ellos antenas de las operadoras aun sin el permiso de las comunidades de vecinos.

Fuente: TicBeat (21/05/2014)