Se acerca una de las fechas clave del nuevo sistema de cotización para autónomos

El nuevo sistema de cotización para los autónomos en función de sus rendimientos netos sigue su marcha desde que se entrara en vigor en enero de 2023, y está a punto de llegar una fecha importante dentro de su calendario de implantación.

Recordemos que esta reforma del régimen general de autónomos consiste en un sistema con 15 tramos que establece tanto las bases de cotización como las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo.

Un sistema que se va a desarrollar a lo largo de tres años (2023, 2024 y 2025) y en el que se pueden realizar hasta seis cambios anuales de la base de cotización dentro de los plazos establecidos.

Pero dentro de muy poco, este 31 de octubre concretamente, llega una fecha importante que no puedes olvidar si ya estabas dado de alta como autónomo antes del 1 de enero de 2023. Te lo contamos.

Cómo realizar el cálculo de tus rendimientos netos como autónomo

Como parte del nuevo sistema de cotización, todo autónomo tiene que comunicar a la Seguridad Social la base de cotización que se ajusta al promedio mensual de rendimientos netos que espera obtener a lo largo del año.

Para ello, la Seguridad Social tiene establecido el siguiente procedimiento para calcular los rendimientos netos:

  1. Tener en cuenta todos los rendimientos netos obtenidos de las distintas actividades realizadas como autónomo.
  2. Sumarle el importe de las cuotas abonadas a la Seguridad Social si se tributa conforme al Régimen de Estimación Directa (según el criterio de la Agencia Tributaria, no se considerará gasto deducible el pago de la cuota de autónomos).
  3. El cálculo de los rendimientos netos se realizará según lo previsto en la normativa sobre el IRPF.
  4. A los rendimientos netos se aplica una deducción por gastos genéricos del 7 %, que será del 3 % en el caso de los autónomos societarios.

Y, como ya hemos comentado, se permite al autónomo cambiar su base de cotización hasta seis veces al año (cada dos meses), en función de su previsión, al alza o a la baja, del comportamiento de sus negocios.

Si ya era autónomo antes del 1 de enero de 2023, ¿hasta cuándo y cómo tengo que comunicar mis rendimientos netos?

El nuevo sistema de cotización ya se está aplicando a todos los nuevos autónomos en el momento de su alta, desde enero de este año.

Ahora bien, ¿qué ocurre si a 1 de enero de 2023 ya figurabas de alta como autónomo?

Pues tienes que saber que debes realizar la comunicación de tus rendimientos netos antes del próximo 31 de octubre, que es la fecha límite para realizar dicha gestión si te encuentras en esta situación.

Y, ¿cómo se realiza este trámite?

A través del portal Importass, siguiendo estos pasos:

  1. Accede al portal Importass.
  2. Pincha en el apartado “Altas, bajas y modificaciones”.
  3. En el apartado “Bajas y modificaciones” selecciona la opción “Modificación de datos de trabajo autónomo”.
  4. Puedes acceder con tu certificado digital, Cl@ve Pin o Permanente, o vía SMS.

¿Qué ocurre si no comunico mis rendimientos netos antes del 31 de octubre?

En caso de que un autónomo en esta situación no comunique sus rendimientos netos antes del 31 de octubre, en 2024 se regularizarán sus cuotas en base a sus rendimientos.

Una regularización que se hará en función de los rendimientos anuales comunicados por la Administración Pública, de forma automatizada, una vez estén disponibles los datos tributarios tras la campaña de la Renta.

Es decir, la regularización se producirá para todos los autónomos, independientemente de que se hayan adaptado o no al nuevo sistema de cotización.

Así, la Seguridad Social procederá durante 2024 a regularizar la cotización para determinar las bases de cotización mensuales definitivas de cada trabajador correspondientes al año 2023.

En definitiva, puedes ver que se trata de un proceso sencillo pero que no deberías olvidar.

Por eso, si todavía no has realizado dicha comunicación, marca en rojo el 31 de octubre en tu calendario y no la olvides.

Fuente: Infoautónomos