Personalidad jurídica: qué es, características y tipos
¿Sabes qué es la personalidad jurídica?
Este es un término clave que, seguro, empieza a interesarte en el momento en el que te das de alta como autónomo.
Y es que es crucial que conozcas cuáles son sus características, lo que implica en términos legales y, también, los diferentes tipos que existen.
Porque sí, no existe solo un tipo de personalidad jurídica, sino que todo dependerá de cómo vayas a constituir tu negocio.
Te lo contamos todo en este artículo.
¿Qué es la personalidad jurídica?
Para entender qué es la personalidad jurídica es importante tener claro que se trata de un reconocimiento por el que una persona o entidad tiene la capacidad de asumir determinadas obligaciones con respecto a sí mismo y también con terceros.
De hecho, todas las personas físicas tienen personalidad jurídica, y lo mismo ocurre cuando eres el o la responsable de una empresa.
La personalidad jurídica de las personas físicas
¿Por qué las personas físicas tienen personalidad jurídica?
Esto es algo que se obtiene desde el nacimiento, momento desde el cual se tienen unos determinados derechos, pero también obligaciones (aunque esto último ocurra cuando se llega a una determinada edad).
Por ejemplo, con respecto a lo primero, nos referimos al derecho al voto o a recibir atención sanitaria.
En cuanto a las obligaciones, estas podrían ser el pago de impuestos después de adquirir un vehículo o vivienda o el respetar las leyes.
La personalidad jurídica de una empresa individual
En el caso de la personalidad jurídica de un autónomo, las responsabilidades que se asumen son mayores que las de las personas físicas.
Y es que, como responsable de un negocio o empresa individual, hay que pagar a los proveedores y a los trabajadores, ofrecerles a los clientes un servicio eficiente y con unos estándares mínimos de calidad y cumplir con el pago de los impuestos correspondientes.
Por ejemplo, como autónomo estás obligado a hacer siempre la Declaración de la Renta y a enviar los modelos 303 y 130 o 131 en cada trimestre.
No obstante, la personalidad jurídica de una empresa individual (es decir, gestionada por un autónomo) es la misma que la de esta persona dada de alta como autónomo, al igual que no existe diferencia entre el patrimonio mercantil y el suyo propio.
Tipos de personalidades jurídicas
Ya hemos visto que está la personalidad jurídica de las personas físicas y la de la empresa individual, que corresponde al autónomo.
Pero ¿hay otros tipos?
La respuesta es que sí y los vamos a ver a continuación.
Son los siguientes:
- Sociedades anónimas: las personalidades jurídicas de estas sociedades no responden con su patrimonio personal a las deudas que se contraigan. Además, no hay un número mínimo ni máximo de socios. Los deberes son convocar juntas generales y extraordinarias, informar a los accionistas (puesto que el capital social se reparte en acciones), firmar las cuentas anuales, redactar el informe de gestión y depositar todas las cuentas en el Registro Mercantil.
- Sociedades de responsabilidad limitada: los socios tampoco responden con el patrimonio personal a las deudas que puedan existir, hay un mínimo de capital social que aportar y la responsabilidad de los socios estará limitada a aquellas aportaciones que haya realizado cada uno.
- Asociaciones sin ánimo de lucro: suelen componerse de personas físicas o jurídicas cuyo fin no es económico, sino altruista, como puede ser defender los derechos de la infancia, proteger el medioambiente, hacer labores de voluntariado, llevar servicios mínimos como sanidad, educación o infraestructuras a aquellos lugares a los que no llega por falta de recursos, etc. Estas asociaciones tienen un presidente, una junta directiva y una asamblea general.
Estas son solo algunas de las personalidades jurídicas que hay en España, porque existen muchas más.
Las comunidades de propietarios, comunidades de bienes, sociedades cooperativas…
Incluso, hay organismos institucionales con personalidad jurídica como las agencias estatales, las sociedades mercantiles estatales o las fundaciones públicas.
En definitiva, toda personalidad jurídica tiene unos derechos y obligaciones que asume.
Fuente: Infoautónomos