Nuevo marco legal para la financiación empresarial

A través del proyecto de ley de fomento de financiación empresarial, el Gobierno pretende mejorar y regular el marco legal relacionado con el acceso al crédito tradicional bancario, así como canalizar los diferentes métodos alternativos.

El texto, que fue remitido la semana pasada a las Cortes Generales para su aprobación, ha sido elaborado con la participación de diferentes plataformas implicadas, como las de crowdfunding, que, sin embargo, esperan poder negociar aún algunos límites.

* Una de las principales novedades que afecta directamente a las pymes es la obligación por parte de las entidades prestamistas de realizar un preaviso de, al menos, tres meses a todas aquellas empresas que se vean afectadas por una reducción o cancelación de la financiación, siempre y cuando esta merma sea superior al 35% del capital concedido. El objetivo es que las compañías tengan tiempo para realizar los ajustes necesarios, ya sea buscando liquidez a través de otras alternativas o recortando gastos, si es preciso.

* Cuando las entidades decidan cortar el grifo de la financiación, las pequeñas y medianas empresas también podrán disponer de todo su historial crediticio en un plazo inferior a diez días hábiles y siempre de forma gratuita. Así, podrán conocer, por ejemplo, su posición financiera, el resumen de pagos o el extracto bancario. Además, la empresa podrá recurrir a este derecho en cualquier momento, aunque la entidad mantenga su financiación. En este caso, la solicitud deberá ser atendida en un plazo de 15 días y con un coste reducido.

* El Banco de España desarrollará una nueva metodología para poder establecer una calificación crediticia de las pymes. Este dato deberá ser ofrecido igualmente por la entidad financiera, siempre que se solicite.

* El proyecto de ley también establece un marco jurídico para las plataformas de crowdfunding, sólo en los casos de financiación participativa mediante préstamos o la emisión de acciones. Estas operaciones serán supervisadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Fuente: Expansión (17/10/2014)