Los influencers y creadores de contenido digital son autónomos. ¿Qué obligaciones tienen? Deberán darse de alta en el RETA y presentar el IVA y el IRPF.

Los influencers y los creadores de contenido digital también deben rendir cuentas a Hacienda. La plataforma Declarando recuerda que estos autónomos deben cumplir con obligaciones tales como darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y en el IAE de Hacienda.

El primer paso de estos profesionales es darse de alta en el RETA, para lo que necesitarán disponer de un certificado digital, un DNI electrónico o haberse dado de alta previamente en el sistema Cl@ve. Una vez lo hayan hecho, tendrán que rellenar los formularios 036 o 037 de Hacienda y el modelo TA 0521 de la Seguridad Social.

A continuación, será necesario definir en Hacienda la actividad que se va a desarrollar, para ello se deberá identificar el epígrafe correspondiente en función de la actividad a desarrollar. Existen distintos tipos de epígrafes, por ejemplo, el 826 es el que alude al personal docente; el 355.2 está dedicado a la edición de soportes grabados de sonido, vídeo e informática; el 824 es para servicios que están orientados al perfeccionamiento de disciplinas profesionales; el 763 está enfocado a programadores y analistas de informática; mientras que el 799 es para actividades financieras, jurídicas, de seguros y alquileres.

IVA e IRPF

La facturación de los servicios que presten los autónomos como influencers y creadores de contenidos tendrá en cuenta la localización del cliente final, por lo que si el servicio se presta en España se aplicará el 21% de IVA y habrá que presentar trimestralmente la liquidación del mismo. En el caso de que el cliente se sitúe en otro país de la Unión Europea, la normativa indica que si la cuantía del servicio es inferior a los 10.000 euros se deberá aplicar el IVA español, esto es, el 21% de IVA, aunque este dependerá del tipo de bien que se ofrezca.

Al igual que ocurre con el resto de los autónomos, los creadores de contenidos digitales también deberán presentar el IRPF a través del modelo 100, que recoge anualmente los ingresos generados por el profesional durante dicho ejercicio.

Fuente: Cinco Días