Estos son los cambios en los modelos 181, 184, 196, 198, 280 y 289 de las declaraciones informativas de la AEAT

Como cada año por estas fechas la Agencia Tributaria realiza modificaciones y actualizaciones en diferentes modelos de declaraciones que tienen que realizar los obligados tributarios. Este es el caso de los cambios en los modelos 181, 184, 196, 198, 280 y 289 de las declaraciones informativas.

Los cambios suelen estar enfocados a dar más detalles o mejorar la calidad de los datos aportados por las empresas y contribuyentes. La orden ya se ha publicado en el BOE y tendrá efecto para las presentaciones realizadas en 2023.

Los principales cambios en las declaraciones informativas para 2023

Vamos a ver un resumen de los principales cambios para las presentaciones del próximo año:

  • Modelo 181, declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles. Se añaden cuatro nuevas claves para informar de las operaciones de fusión y reestructuración societaria por la entidad de origen y por la entidad de destino, de las transmisiones, subrogaciones y cambios de entidad que se produzcan en el ejercicio.
  • Modelo 184, declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas. Se incorpora un nuevo campo para detallar el «Número de días de arrendamiento o de cesión y disfrute del inmueble».
  • Modelo 196, el resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras. Se modifica la clave de alta de esta declaración para facilitar la identificación de las cuentas que se han dado de alta en el ejercicio como consecuencia de una fusión o reestructuración societaria de la entidad financiera.
  • Modelo 198, declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, se modifican los campos de «Compensación monetaria Entregada/Recibida» donde deberá consignarse en dicho campo el importe percibido por el accionista como consecuencia de la venta de aquellos títulos, que, por exceder de la ecuación de canje, no den derecho a percibir una acción entera de los títulos recibidos y  el campo «Porcentaje de participación en la entidad declarante».
  • Modelo 280, Declaración informativa anual de Planes de Ahorro a Largo Plazo. En este caso se trata de una modificación técnica para habilitar un nuevo supuesto de extinción como consecuencia del fallecimiento del tomador en el campo Extinción del plan de ahorro a largo plazo.
  • Modelo 289, declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua, que actualiza los anexos donde se detallan los países comprometidos al intercambio de información, incluyendo en el listado a los países con los que se intercambiará a partir del ejercicio 2023.

Son detalles muy técnicos que a la mayoría de las empresas les pueden pasar desapercibidos, pero a tener en cuenta si no queremos tener alguna incorrección que llegado el momento haga saltar las alarmas dentro de la AEAT, algo que nadie quiere que ocurra.

Pero sobre todo ayuda en muchos casos a cotejar la información entre las declaraciones presentadas por dos entidades diferentes con operaciones vinculadas, lo que si se comete un error puede dar lugar a incoherencias. Algo fácil de detectar hoy en día en el análisis de datos tributarios.
Fuente: Pymes y Autónomos