Cuándo puede un autónomo acogerse a la ley de segunda oportunidad en 2023 La normativa ayuda a las personas físicas y autónomos a reestructurar sus deudas.

La ley de segunda oportunidad tiene por objetivo ayudar a personas físicas y autónomos en situación de insolvencia a reestructurar sus deudas y tener una segunda oportunidad para recuperar su situación financiera.

Para poder acogerse a esta ley es preciso ser persona física o autónomo y uno se debe encontrar en situación de insolvencia. También pueden acceder a ella los deudores que demuestren haber actuado de buena fe en todo momento y que ha intentado llegar a acuerdos de pago con sus acreedores.

Desde el portal Aesyr Abogados indican que para poder acogerse a esta normativa tampoco se deben tener antecedentes penales por delitos económicos y que antes de solicitar el concurso de acreedores, el deudor debe haber intentado llegar a un acuerdo extrajudicial con sus acreedores.

Por ejemplo, en el caso de los autónomos, el deudor debe acreditar que ha intentado una actividad empresarial y que ha actuado de buena fe en el ejercicio de la misma.

Asimismo, en caso de solicitar el concurso de acreedores, el deudor debe cumplir con los requisitos establecidos por la ley, como, por ejemplo, contar con un abogado y un administrador concursal.

Agilizar el proceso

Acogerse a la ley de segunda oportunidad también tiene ventajas para los trabajadores autónomos. De acuerdo con el portal Montero de Cisneros, entre los beneficios destaca que el deudor puede cancelar parcial o totalmente sus deudas y comenzar de nuevo. También se deja de exigir el pago de las deudas contraídas con acreedores y se paralizan los intereses y recargos de las deudas.

Igualmente, se interrumpen los embargos y las ejecuciones solicitando el levantamiento de embargos o la devolución de las cantidades embargadas y se procede a la cancelación de deudas con Hacienda y Seguridad Social, esto es, a la exoneración de hasta 10.000 euros en cada una de ellas.

La duración del procedimiento de la ley depende de cada caso pero, generalmente, desde unos pocos meses hasta 18 meses, que es lo máximo que fija la ley. Con ello, se agiliza el procedimiento y se abaratan los costes.

Fuente: Cinco Días