Cuándo debes de darte de alta como autónomo si vendes en internet

Hoy es común vender todo tipo de artículos por internet, desde prendas de ropa principalmente usadas, hasta artículos electrónicos o incluso vehículos. Muchas personas en España utilizan aplicaciones de compraventa de artículos como Wallapop o Vinted, siendo esta última principalmente para ropa y complementos. El éxito de estas plataformas radica principalmente en su gran utilidad, ya que muy poca gente no dispone de ciertos bienes que han caído el el desuso, y de los cuales se puede sacar algún beneficio.

Para otras personas, estas herramientas digitales se han convertido en una importante fuente de ingresos. Así, muchos profesionales de las ventas utilizan aplicaciones como las mencionadas, o como Milanuncios, para ofrecer artículos variados e incluso difíciles de obtener por otras vías: coches baratos de segunda mano, teléfonos móviles reparados o sin abrir, piezas artesanales, etcétera.

Pero todos aquellos individuos que utilicen estas aplicaciones online como negocio, y no como una forma ocasional de obtener dinero, traspasarían una línea que les pondría en el punto de vista de Hacienda. Por tanto, para algunos de ellos se hará obligatorio darse de alta en la Seguridad Social (SS) y en Hacienda.

¿Darse de alta en la Seguridad Social?

Si se atiende al Estatuto de los Trabajadores de España, un autónomo es «la persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo«.

Entonces, de acuerdo con el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en este caso son los ingresos recurrentes la característica que marca la obligatoriedad de darse de alta como autónomo. Por tanto, si una persona vende artículos mensualmente, y sin importar si lo hace de manera presencial o por internet, deberá atenderse a la normativa al considerarse su actividad como un negocio.

Este criterio de habitualidad parece ambiguo. Cabe recordar que se han producido sentencias en las que se afirma que los profesionales que ganan mensualmente cantidades inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) podrían no tener que darse de alta en la Seguridad Social. Sin embargo, los vendedores recurrentes que no se den de alta se arriesgarán igualmente a ser multados.

¿Darse de alta en Hacienda?

Por su parte, cuando un profesional comercializa cualquier producto, este debe ser registrado por Hacienda para que su venta se considere legal. La ley obliga por tanto a darse de alta en el fisco para vender con asiduidad y a clientes varios. Hacerlo además permite emitir facturas, declarar los ingresos en el IRPF y cobrar IVA.

Aunque el hecho de darse de alta con Hacienda no supone coste alguno, a partir de la realización del trámite se debe declarar el IVA cada trimestre (modelo 303), pero también pagar IRPF mediante la declaración anual de la renta (a través del pago fraccionado del modelo 130).

Así, tras darse de alta como autónomo se deben declarar todas las ventas al fisco. De no hacerlo, no se podrán emitir facturas, y si esto último no se cumple y el cliente declara la compraprobablemente reciba una multa. La Seguridad Social, por su parte, considerará como fraude laboral el hecho de emitir facturas sin haberse dado de alta en ella. Aquí el afectado no solo se verá obligado a amortizar todas las cuotas no pagadas hasta el momento, sino que además se le amonestará con un importe adicional.

Fuente: El Economista