12 razones para dar el salto de autónomo a SL

Ser un profesional autónomo no es un chollo. La carga tributaria y dificultades de financiación son mayores que en las empresas y las desgravaciones, deducciones y trato fiscal, menores. Eso sin mencionar que responde ante las deudas con su patrimonio personal. Por eso, si quieres cambiar esta situación, constituye una sociedad. Da el salto. ¡Saldrás ganando!

1. Cuestión de responsabilidad

Que tu patrimonio quede comprometido por una desgracia personal es razón suficiente para constituir una sociedad. “Es la mejor forma de no poner en riesgo tu futuro y el de tu familia», señala José María Mollinedo, secretario general de Gestha. En una sociedad limitas la responsabilidad a tu apor- tación al capital social (SA) o las participaciones (SL).

2. Para reducir la carga fiscal:

La presión fiscal en un autónomo puede llegar al tipo marginal máximo del 48%, frente al 30% del Impuesto de Sociedad que incluso puede bajar al 20-25%, si se hacen realidad las promesas electorales del Gobierno. Lo que explica la elevada carga fiscal de los autónomos es el carácter progresivo del IRPF, que en la práctica permite sumar a los ingresos generados por la actividad profesional del autónomo plusvalías como las procedentes por la venta o alquiler de un inmueble familiar o de inversiones bursátiles. “Como empresa, el tope impositivo queda fijado por el Impuesto de Sociedades, hay más desgravaciones fiscales, y cuentas con la ventaja de ponerte un sueldo”, señala Jordi Tomás, a lo que David Carrión, abogado y profe- sor de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad Europea de Madrid, y asesor de empresas, añade “el acceso a las deducciones de I+D+i, que no tiene un autónomo”. En este contexto, “a partir de un rendimiento neto en torno a los 90.000 euros, es aconsejable el cambio a sociedad”, recomienda el secretario general de Gestha (Técnicos Financieros del Ministerio de Economía y Hacienda). Para cuantificar con precisión ese umbral basta comparar el rendimiento neto o beneficio según se tribute en Renta y en Impuesto de Sociedades. “Una vez hecho este ejercicio, se decide el más favorable para el cliente”, explica Jordi Tomás. Mollinedo se atreve a determinar la frontera económica entre autónomo y empresa: “Es difícil ver a empresarios individuales o comerciantes con un volumen facturación superior a los dos millones de euros”.

3. Cuando el tamaño importa:

Si te mueves en un sector de elevada concentración o buscas convertirte en proveedor de grandes compañías, te verás obligado a constituir empresa, ya que las multinacionales sólo subcontratan a sociedades. Eso les per mite solicitar información empresarial para valorar sus capacidades, sol- vencia y garantizar un suministro durante un tiempo prolongado.

4. A la hora de contratar empleados:

Si tienes que contratar trabajadores, como empresa cuentas con deducciones en el Impuesto de Sociedades. ¿Y qué hacer con los empleados que ya tienes contratados? “Puedes mantener la plantilla a través de la subrogación empresarial, una fórmula que les permite conservar sus derechos y obligaciones. No supone coste de despido”, asegura Tomás (los detalles legales sobre esta modalidad están recogidos en el artículo 44 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores). Pero toda norma tiene su excepción: “Si la empresa se inicia con una actividad distinta a la de profesional autóno- mo, entonces es necesario negociar la extinción de los contratos con los empleados y redactar otros nuevos”, apunta Mollinedo.

5. El valor de la imagen:

“Todavía en este país el autónomo tiene mala imagen de cara a sus proveedores. Está asociada a provisionalidad y falta de profesionalidad”, afirma David Carrión. Si es tu caso, y esa percepción es una losa que lastra tu balance y ánimo emprendedor, ha llegado el momento de dar el salto. “Para los clientes, ser SL o SA tiene mucho más gancho, sobre todo si se trata de grandes empresas y bancos. Además, también se mejora la capacidad negociadora”, señala el asesor de Yasbow.

6. Si eres autónomo,cotizas en módulos:

Tras la última reforma del IRPF, los rendimientos íntegros de los autónomos acogidos a módulos no pueden superar los 450.000 euros al año (300.000 euros en el caso de actividades agrícolas y ganaderas). A partir de ese volumen, se está obligado a pasar al régimen de Estimación directa o montar una sociedad.

7. El tirón de los clientes:

Seguro que como autónomo has detectado que a veces tus clientes se ven obligados a contratar otros servicios para completar el que tú prestas. “Es cuando te das cuenta que es necesario ofrecer un servicio integral, y que no puedes hacerlo todo sola”, asegura Carlota Prieto, socia del estudio audiovisual Imaginaimagen. Como autónoma, esta diseñadora gráfica vio que no podía abarcar todo lo que los clientes le demandaban. No se trataba sólo de diseñar catálogos, logos o páginas web. Detrás tenía que haber un hosting o alojamiento, un mantenimiento, soporte de márketing on line y un equipo de postproducción para vídeos corporativos. Cada una de esas necesidades era una oportunidad. Al principio, para resolverlo Carlota subcontrataba estos servicios, hasta decidió constituir una empresa con tres socios, cada uno especializado en un área. Nacía Imaginaimagen.

8. Por vocación empresarial:

Llevas algún tiempo como profesional autónomo y sientes que ha llegado el momento de deshojar la margarita, de tomar una decisión que cam- biará el rumbo de tu vida profesional… y personal: la de montar tu propia empresa. Es un compromiso fruto de la reflexión. Lo tienes claro: quieres madurar y crecer, y “sin duda el espíritu emprendedor se canaliza mejor a través de sociedades”, afirma Patricio Rodríguez Carmona, presidente de AJE Confederación.

9. Para dar entrada a socios:

Si como autónomo has tomado la decisión de convertir a tus colaboradores en socios, hazte empresa, y preferentemente una sociedad limitada en la que cada uno es responsable con el capital que aporta. Te evitarás dolores de cabeza en el caso de que surjan diferencias irreconciliables, y limitarás la responsabilidad ante terceros. En estos casos, “los bienes que posees como autónomo no tributan al traspasarlo a la empresa, siempre que se opte por el régimen fiscal de aportaciones dinerarias (se supone que no generan plusvalías), y que se plasmaría en la propia constitución de la sociedad”, recomienda Jordi Tomás. Esa aportación no dineraria formaría parte del capital social. Eso sí. Es importante notificar a la Administración tributaria que optas por esa modalidad (régimen fiscal de aportaciones no dinerarias) y registrar en la escritura los activos de tu actividad como autónomo que pasan a la empresa.

10. Para crecer y diversificar riesgo:

En los tiempos que corren, conviene no poner todos los huevos en el mismo cesto. ¿Y cómo? Seguro que si analizas tu núcleo de negocio encontrarás en torno a él otras actividades que puedes convertir en oportunidades de negocio. Identifícalas, analiza su potencial de mercado, las sinergias con la actividad principal y tu estructura de negocio. Fíjate, si no, en el ejemplo de la agencia de traducción e interpretación AB Traduktalia. “Yo quería crecer en la faceta de empresario después de 25 años como directivo”, confiesa Günther Haltermann, socio fundador. Dejaba atrás puestos de dirección en el área de márketing de grandes multinacionales. Su inquebrantable decisión le llevó a emprender en servicios de traducción, tras elaborar un exhaustivo plan de negocio y después de seis meses como autónomo. “En este sector es necesario diversificar la cartera de clientes”, asegura.

11. Si lo tuyo son los concursos:

Ser empresa es un requisito ineludible para acceder a concursos públicos y un motivo que justifica dar el salto. Pero, ojo, las licitaciones son exigentes. Además de tener forma jurídica, analizarán tu solvencia, la consolidación de la actividad y que tienes un balance saneado.

12. ¡SOS: quiero financiación!:

La mayoría de bancos y cajas incluyen a los autónomos en el segmento de particulares. Consecuencia: la oferta de productos financieros tiene poco que ver con sus necesidades. E incluso se da la paradoja de que se obtiene más préstamos como particular. Por eso, si te constituyes en empresa, obtendrás con mayor facilidad créditos para financiar el capital circulante.

Fuente: Emprendedores.es (17/04/2012)