Cómo solicitar la prestación por desempleo si eres autónomo A pesar de las numerosas denegaciones por parte de la Seguridad Social, la cotización por cese de actividad es obligatoria desde 2019, a excepción de los autónomos acogidos a la tarifa plana.
El gasto en prestaciones por desempleo se situó en los 1.880,7 millones de euros en julio, un 5,6 % más que el mismo mes de 2023, según los datos proporcionados este lunes por el Ministerio de Trabajo, mientras que el número de beneficiarios ascendió a 1.804.488. Uno de los colectivos que puede acceder a estos subsidios son los autónomos. Realmente, se trata de un equivalente al que reciben los asalariados, pero se conoce como prestación por cese de actividad y para recibir esta ayuda, se debe haber cotizado a la Seguridad Social y cumplir unos requisitos.
Por ejemplo, si en el último año se ha cotizado por la base mínima de 1.000 euros, la prestación por cese de actividad sería de 700 euros al mes (el 70% de esos 1.000 euros) durante el número de meses que corresponda, dependiendo del tiempo cotizado.
Cómo solicitar la prestación
El órgano gestor se hará cargo de la cuota de seguridad social correspondiente durante el periodo de percepción de la prestación, siempre y cuando la solicitud se haya presentado dentro del plazo previsto. De lo contrario, el órgano gestor asumirá el pago a partir del primer día del mes siguiente al de la solicitud. La solicitud deberá ir acompañada de la documentación acreditativa requerida.
Requisitos para el acceso al paro de un autónomo
Para que un autónomo pueda acceder a la prestación por cese de actividad, es necesario cumplir con varios requisitos legales. Primero, es imprescindible haber cotizado al menos un año. Si se ha cotizado durante ese periodo y el cese de actividad se ha producido por causas ajenas a la voluntad del autónomo, se tendrá derecho, siempre que se cumplan el resto de requisitos, a dos meses de prestación. A partir de ahí, el tiempo de prestación se incrementa según el tiempo cotizado, con un máximo de dos años. Para llegar a ese límite máximo, se habrá tenido que cotizar al menos 48 meses de manera continua.
Además, no se deben tener deudas con la Seguridad Social. Si se han atravesado dificultades y no se ha podido pagar alguna cuota de autónomos, no se podrá cobrar la prestación.
También se deben demostrar pérdidas económicas significativas. Las pérdidas del último año de actividad deben ser al menos un 10% superiores a los ingresos de ese mismo periodo. Por ejemplo, si el negocio ha facturado 20,000 euros, las pérdidas deben ser al menos de 22,000 euros para que se pueda optar a la prestación por cese de actividad. Muchos autónomos no pueden mantener pérdidas tan elevadas durante un año completo y acaban cerrando antes, lo que les impide acceder a la prestación. Este es uno de los requisitos más controvertidos.
Si se tiene un establecimiento abierto al público, este debe estar cerrado o cambiar de actividad para poder cobrar la prestación.
Fuente: Infobae