¿Qué utilidad y ventajas tiene para una pyme constituir una fundación?

Cada vez más pymes optan por esta fórmula para canalizar sus acciones de RSC, investigación, docencia… Te explicamos en qué consiste y cuáles son los trámites.

Para muchos expertos es destacable la buena labor de las más de 9.000 fundaciones que existen en nuestro país, un número que nos sitúa entre los 10 primeros del mundo por cantidad de entidades. Según Silverio Agea, director de la AEF, “la fundación es el instrumento más valioso para la cooperación público-privada y privada-privada y más rápida que cualquier otra”.

Tipos y objetivos

Aunque no existen datos segregados por tamaño, desde la AEF reconocen que cada vez son más las pymes que apuestan por esta fórmula. Las hay de diferentes tipos y nacen por distintas causas:

-Canalizar la acción social de la compañía. Es el caso de la Fundación CyO, impulsada por Construcciones y Obras, o de la Fundación Cascajares, de la empresa del mismo nombre. En ambos casos, aglutinan todas las iniciativas sociales de las compañías.

-Garantizar los principios de sus fundadores. Es el ejemplo de la Fundación Buffí y Planas, creada por la empresa Euroquímicas para alojar todo el capital social de la compañía, o en el caso de la Fundación Gaspar Espuña CETT, creada para garantizar la filosofía del fundador de la empresa de estudios turísticos CETT, Gaspar Espuña, de que no se repartirían dividendos.

-Perseguir un fin cultural o ahondar en el estudio o en la investigación de su sector. Es el origen de la Fundación Jaume Vilaseca, impulsada por la pyme Vet Set para difundir la industria del género de punto; el de la Fundación Corresponsables, auspiciada por el grupo MediaResponsable, editorial especializada en el fomento y la difusión de la RSC entre las empresas; o el de la Fundación Emmanuel Casberri, constituida por la consultora del mismo nombre para fomentar la figura del emprendedor.

Sea como fuere, lo que aconsejan los expertos es que la fundación esté relacionada con el sector, porque así tendrá un peso importante del know how de la empresa y puede facilitar su gestión.

Principales utilidades

¿Por qué le interesa a una pyme crear una fundación? Tras consultar a diferentes fundaciones de pymes y a varios expertos, éstas son las ventajas más evidentes:

-Mejora la imagen y el posicionamiento de la compañía. Aunque la fundación tiene una vida propia e independiente de la empresa que la crea, es innegable que a la pyme que está detrás le ofrece un plus de prestigio a través de las iniciativas que se llevan a cabo. Es un mensaje de responsabilidad y compromiso social que llega directamente a los stakeholders (personas o grupos de interés) sin necesidad de grandes acciones de marketing. Este beneficio es evidente cuando las fundaciones reciben el mismo nombre que las empresas, y es menos patente cuando lo cambian. En estos casos, puede solventarse el problema incluyendo el logotipo de la empresa junto al de la fundación en las acciones que estén promovidas por la pyme.

-Permite canalizar y obtener fondos y subvenciones. Marcos González, presidente de la Fundación Corresponsable y director del Grupo MediaResponsable que la promovió, lo resume de la siguiente manera: “La ventaja de poder contar con ingresos provenientes de los fondos públicos y de donaciones permite encarar actividades que no son rentables para una pyme, aunque necesarias e interesantes en el sector en el que se mueve la misma”.

-Potencia la innovación y la I+D. Cuando se trata de fundaciones creadas para desarrollar la investigación o la docencia, se ven beneficiadas de toda la actividad desarrollada en este campo y permite aprovechar las sinergias generadas con la actividad de la fundación para incrementar y mejorar su posicionamiento.

-Tiene una fiscalidad ventajosa. Las fundaciones están exentas del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y del de Actos Jurídicos Documentados, pueden estarlo del Impuesto de Actividades Económicas y del IBI y no están sujeta al Impuesto de Patrimonio ni al de Sucesiones. Además, la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo permite a los donantes de fundaciones desgravarse entre un 25% y un 35% (dependiendo de si es persona física o jurídica) de las aportaciones que realicen a estas instituciones. Un atractivo importante aunque todavía lejos de los incentivos de otros países como Francia, donde el beneficio fiscal alcanza el 66% de las aportaciones.

Barreras salvables

Ahora bien, a pesar de estas ventajas, es indudable que para crear una fundación, la pyme debe contar con un componente altruista porque existen también dificultades que superar. Una de ellas es el patrimonio fundacional. Para crear una fundación, la ley exige una aportación económica suficiente para el cumplimiento de los objetivos que fija, en el ámbito estatal, en 30.000 euros, y que en Cataluña sube hasta los 60.000 euros, una cantidad nada despreciable para una pyme. La normativa acepta que si esta aportación es dineraria, puede desembolsarse en dos tramos: un 25% en el momento de la constitución y el 75% restante, en los cinco años siguientes.

Si la aportación no es dineraria, hay que aportar el equivalente a ese capital al constituir la fundación. En cualquier caso, ese patrimonio permanece afecto al fin para el que se ha creado la fundación, de manera que en caso de extinción de la misma, debe entregarse a cualquier otra fundación o asociación de utilidad pública.

Otro obstáculo es garantizar la sostenibilidad de la fundación. “Ésta es la gran traba a la hora de crear este tipo de organizaciones. A los fundadores les cuesta definir los fines y los objetivos fundacionales y eso es un problema a la hora de buscarle la financiación, porque al igual que ocurre con la propia empresa es necesario distinguirse del resto”, insiste Agea.

Una tercera dificultad es el posible conflicto de intereses que puede surgir entre la fundación y la entidad que la funda. “Es importante regular y documentar muy bien cuál es la relación entre ambos organismos para que no se den problemas de incompatibilidades”, defiende Josep María Vidal Bosch, de ARL Abogados.

Fuente: Emprendedores.es (06/08/2012)