Prórroga de las ayudas para autónomos hasta el 31 de mayo El Consejo de Ministros aprueba un decreto que prorroga prestaciones por suspensión de actividad o por bajos ingresos.

El Consejo de Ministros ha aprobado la prórroga de las ayudas para los trabajadores autónomos afectados por la Covid-19 hasta el próximo 31 de mayo.

La prórroga de las medidas se contempla en un Real Decreto Ley de refuerzo y consolidación de las medidas sociales en defensa del empleo.

Prestación por suspensión de actividad

Entre las medidas que se prorrogan se encuentra la prestación por suspensión de actividad. Según se recoge en la revista de la Seguridad Social, esta medida está dirigida especialmente a los autónomos que tuvieron que suspender su actividad debido a una resolución administrativa para contener el avance de la pandemia. Así, los afectados por esta medida han podido percibir el 50% de la base mínima de cotización. Además, esta cantidad se incrementa en un 20% si el autónomo tiene familia numerosa. Se estima que el beneficio mínimo por profesional es de unos 760 euros. El profesional también queda exento de pagar las cuotas a la Seguridad Social y dicho periodo quedará como cotizado.

Lo mismo sucede con la prestación que es compatible con el desempeño profesional. Esta prestación es accesible para los autónomos cuyos ingresos durante el primer trimestre de 2021 hayan caído en un 50% con respecto al segundo semestre de 2019. Entre los cambios que se han introducido en esta prestación destaca la modificación del requisito de facturación. Antes para poder percibirla tenían que haber caído los ingresos en un 75%.

Bajos ingresos

También se prorrogan otras dos prestaciones hasta final de mayo. Una de ellas tiene que ver con las ayudas extraordinarias que se conceden por bajos ingresos para aquellos que no hayan podido acceder a otras prestaciones. Estas ayudas se enfocan especialmente en los autónomos que tuvieran un descenso en los ingresos y que en l primer semestre de 2021 no hayan facturado más de 6.650 euros. Esta ayuda es también compatible con los ingresos por cuenta ajena de 1,25 veces el Salario Mínimo Interprofesional.

Además, el Real Decreto contempla las prestaciones para los autónomos de temporada. Estos profesionales si no han obtenido ingresos superiores a 6.650 euros durante el primer semestre de 2021 tienen derecho a percibir la prestación, que es del 70% de la base mínima reguladora.

Fuente: Cinco Días