Los autónomos ya podrán cobrar el paro

El Gobierno ha aprobado un nuevo Real Decreto que establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos. Desde este mismo mes de noviembre se pueden solicitar las primeras peticiones de reconocimiento de este subsidio siempre que se cumpla el periodo mínimo de cotización, establecido en 12 meses.

La nueva norma se trata de un sistema contributivo en el que el trabajador autónomo cotiza al 2,2% de su base de cotización, aunque tendrá la ventaja de ver reducida su cotización por la cobertura de incapacidad temporal en 0,5 puntos. La cuantía de la prestación será del 70% del promedio de bases de cotización del autónomo de los 12 últimos meses.

El periodo de duración de la protección queda a partir de ahora de la siguiente manera:

Si se cotiza de 12 a 17 meses: 2 meses de prestación

De 18 a 23 meses: 3 meses de prestación

De 24 a 29 meses: 4 meses de prestación

De 30 a 35 meses: 5 meses de prestación

De 36 a 42 meses: 6 meses de prestación

De 43 a 47 meses: 8 meses de prestación

De 48 meses en adelante: 12 meses de prestación

El Gobierno explica que España pasa a ser el primer país europeo que cuenta con este tipo de sistema para emprendedores. El número de cotizantes por cese de actividad es de 502.263, al que se sumará en enero otras 150.000 personas que corresponden a trabajadores por cuenta propia agrarios.

El autónomo que se quede en paro debe solicitar al órgano gestor el reconocimiento del derecho a desempleo en el plazo de un mes desde que cesa la actividad y la percepción de la prestación se realiza a partir el mes siguiente al reconocimiento.

Fuente: Vértice News (noviembre 2011)