Leasing y renting, al alza en España El crecimiento de la economía española en los últimos tres años, con incrementos del PIB por encima del 3 por ciento, ha impulsado la expansión de los sectores del renting y el leasing.

Atrás han quedado los años más duros de la crisis, en los que el arrendamiento financiero (leasing) y el arrendamiento operativo (renting) vieron lastrada su cuota de mercado. Ahora, como apunta Manuel García, secretario general de la Asociación Española de Leasing y Renting (AELR), llevan tres años con crecimientos «constantes e ininterrumpidos». Y las cifras lo demuestran.

Las empresas españolas financiaron en 2017 inversión mediante leasing por valor de 7.120 millones de euros, lo que supuso un aumento del 13,2 por ciento respecto al ejercicio anterior, y el número de contratos suscritos alcanzó los 102.437, un 2 por ciento más. Además, las empresas españolas mantenían el año pasado en sus carteras de financiación una inversión viva en leasing de 19.215 millones de euros. «Estas cifras son las mejores de los últimos nueve años», asegura tajante José Coronel de Palma, presidente de la AELR.

También el renting mejoró sus resultados en 2017 y facturó 1.808 millones de euros, un 14,3 por ciento más.

Estos incrementos se derivan de que, cada vez más, las grandes empresas, y sobre todo las pymes y los autónomos, creen que ambas modalidades aportan mayor rentabilidad y eficiencia a sus negocios y les hacen más competitivos que otro tipo de financiación de inversiones empresariales, como el préstamo o la compra con capital propio.

El lema para estos empresarios es ‘compra lo que se aprecie y alquila lo que se deprecie’ y las empresas que operan en leasing y renting ponen a su disposición todo tipo de productos necesarios para desarrollar su actividad sin tener que adquirirlos, como maquinaria pesada, vehículos, equipos informáticos y ofimáticos, inmuebles, instrumental médico, barcos o aviones. Son dos opciones de arrendamiento que consisten, a grandes rasgos, en el alquiler a largo plazo de un bien nuevo que el empresario puede disfrutar sin necesidad de realizar un desembolso inicial. «Esta es una tendencia que se está extendiendo entre las nuevas generaciones porque consideran que es más rentable y eficiente hacer el pago por uso», asegura Manuel García.

Y de ello se han percatado las entidades financieras que están apostando fuerte por el negocio. Su atractivo para ellas radica en que con él fidelizan a los clientes y en que su tasa de morosidad (3,37 por ciento) está muy por debajo de la de los créditos (9 por ciento). Eso hace que las previsiones para 2018 de ambos sectores sean muy positivas: crecerán por encima del 15 por ciento, señalan desde la AELR

También, según la Asociación Española de Renting de Vehículos (AER), por primera vez en la historia del renting en España el parque de vehículos ha superado en el primer semestre del año las 600.000 unidades, lo que supone un crecimiento del 14,62 por ciento. Además, el número de clientes ha aumentado en este periodo un 41,67 por ciento y ya alcanza los 122.362. Para Agustín García, presidente de la AER, estas cifras son sorprendentes. «Las previsiones que tenía el sector de alcanzar la cifra de 600.000 unidades al finalizar el ejercicio se han logrado en el primer semestre, lo que supone un nuevo récord».

¿QUÉ ES EL RENTING?

El renting (arrendamiento operativo) es un sistema de contratación de servicios que no está destinado a la adquisición de un bien, sino a su uso. Para acceder a él no es necesario realizar una actividad empresarial, pero si el usuario es empresario o profesional tiene beneficios fiscales al poder deducirse las cuotas. El seguro y el mantenimiento del bien corren a cargo de la empresa que ofrece el servicio y no incluye la opción de compra al finalizar la relación contractual. Los productos que más se demandan mediante esta fórmula son vehículos, equipos informáticos y ofimáticos.

¿Y EL LEASING?

El arrendamiento financiero o leasing tiene como objetivo la cesión del uso de bienes muebles o inmuebles adquiridos para una finalidad según las necesidades del futuro usuario, a cambio de unas cuotas periódicas. Con él se persigue que el arrendatario tenga la propiedad del bien. Para contratarlo, este debe realizar una actividad empresarial o profesional, el seguro y el mantenimiento del bien corren de su cuenta, ha de incluir la opción de compra a su favor al finalizar la relación contractual y figura como una deuda en el pasivo de la sociedad. Los contratos, cuando se trate de bienes muebles, serán por dos años y por diez cuando sean bienes inmuebles o establecimientos industriales.

Fuente: Finanzas