Las pymes podrán darse de baja de sus regímenes de IVA para evitar el nuevo sistema de registro El Gobierno ha aprobado hoy un real decreto por el que modifica el reglamento del IVA para facilitar la adaptación al sistema de suministro inmediato de información (SII) de IVA, que entra en vigor el próximo 1 de julio.

El SII, que implica llevar los libros de IVA en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, es obligatorio desde esa fecha para grandes empresas (aquellas que facturan más de seis millones de euros), los grupos de IVA y los inscritos en el Redeme, un sistema por el que las devoluciones de este impuesto se reciben mensualmente.

El Gobierno ha abierto un plazo extraordinario para que las empresas acogidas al registro de devolución mensual del IVA (Redeme) puedan darse de baja de este mecanismo, y ya no estarán obligadas a enviar la información de sus facturas a la Agencia Tributaria en tiempo real.

Sistema complejo

El nuevo sistema es, según algunas asociaciones, muy complejo y muy costoso, por lo que algunas empresas de pequeño tamaño acogidas a los grupos de IVA o el Redeme no estaban interesadas en aplicarlo.

Sin embargo, no podían salir de los regímenes de Redeme o grupo de IVA porque estas solicitudes deben presentarse en noviembre y diciembre, respectivamente, y la normativa del SII se aprobó el 6 de diciembre.

Con la modificación aprobada hoy, las empresas acogidas al Redeme o a los grupos de IVA tendrán la posibilidad solicitar su baja de manera extraordinaria hasta el próximo 15 de junio, aunque posteriormente podrán volver si lo desean.

El real decreto aprobado hoy establece además que los contribuyentes acogidos al régimen simplificado no podrán aplicar el SII este año, aunque podrán hacerlo a partir de 2018.

Fuente: El Economista