La administración abre de nuevo para los trámites que afectan a los autónomos Desde el pasado lunes 1 de junio volvieron todos los plazos administrativos que se habían suspendido por el Estado de Alarma. Ese mismo día, el tiempo para atender cualquier trámite pendiente con la Administración empezó a correr de nuevo. Además, también han vuelto los requerimientos e inspecciones de Hacienda y Trabajo.

El Estado de Alarma paralizó durante más de dos meses la actividad en las administraciones. La mayoría de los trámites quedaron suspendidos y los plazos de casi todas las obligaciones y procedimientos con la Administración se congelaron. Así fue hasta el pasado lunes 1 de junio, cuando el contador se reanudó y el tiempo para atender cualquier proceso administrativo empezó a correr de nuevo.

Con la aprobación del Real Decreto ley 537/2020, el Gobierno desligó los plazos administrativos del Estado de Alarma. O, dicho de otro modo, procedió al levantamiento de la suspensión e interrupción general de los plazos. Esto significa que, desde el pasado lunes 1 de junio, cuando entró en vigor esta norma, las obligaciones del autónomo con la Administración dejaron de estar paralizadas. La responsabilidad de atender cualquier requerimiento, comunicación o trámite se reincorporó al día a día de los autónomos. Por supuesto, también han vuelto las consecuencias previstas por no cumplir con estas obligaciones administrativas.

Todos los plazos activos desde el 1 de junio

Con la entrada en vigor, el pasado 14 de marzo de 2020 del Estado de Alarma, los plazos administrativos para cualquier trámite o requerimiento; para aportar documentación; renovar licencias y demás procedimientos rutinarios para los autónomos quedaron congelados. Exceptuando los relativos a Seguridad Social y Hacienda, que mantuvieron un mínimo de actividad para el pago de obligaciones tributarias o con la tesorería.

Sin embargo, desde el pasado lunes, «el autónomo debe recordar que, aunque continúe el Estado de Alarma, los plazos ya vuelven a estar vigentes, y las sanciones o pérdidas de derechos por incumplirlos, también» advirtió José Antonio Martín Herrera, Vocal de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid.

Renovación de licencias de actividad, de terraza, tarjeta de transporte de mercancías, acreditaciones para subvenciones o cualquier tipo de trámite o procedimiento que el autónomo tenga pendiente«Ha vuelto todo. El contador está en marcha desde el mismo 1 de junio y cada día cuenta» aseguró el vocal.

Cuidado con la reanudación de los plazos que se pararon el 14 de marzo

Además, hay que tener muy presente que, excepto en algunos casos,  los plazos se reanudaron el pasado lunes donde se quedaron antes del 14 de marzo. Es decir, en la mayoría de supuestos, no se reinicia el cómputo desde cero, sino que se reanuda. Así que, por ejemplo, si quedaban siete días para presentar un requerimiento antes de que se decretara el Estado de Alarma, seguirán quedando siete días a partir del día 1 de junio, inclusive.

El incumplimiento de los plazos en algunos trámites administrativos conlleva sanción. Por eso, los expertos recomiendan revisar cualquier procedimiento pendiente de resolver con la Administración. Pero es que, además, hay algunos cuyo incumplimiento puede tener consecuencias incluso peores que una sanción.

«Imaginemos un autónomo con licencia para transporte de mercancías que tenía quince días para renovar la licencia a partir del 10 de marzo. Hasta que se decretó el Estado de Alarma pasaron cuatro días, así que habría consumido cuatro días y le quedarían 11. El plazo volvió a contar desde el 1 de junio y, ahora, ya habrían pasado otros cuatro días, así que sólo le quedarían siete.» explicó José Antonio Martín Herrera, vocal del Colegio de Gestores Administrativos de Madrid.

El problema es que, aunque sigamos en Estado de Alarma, el tiempo «va a continuar corriendo y si, por lo que sea, a este autónomo se le pasara el plazo, podría  darse el caso de que perdiera su licencia de transporte y no pudiera desarrollar su actividad. Para volver a conseguirla a lo mejor hay que empezar desde cero y ya no cumple con determinados requisitos» añadió Martín.

A los gestores también les han llegado de golpe muchos procedimientos relacionados con licencias de terraza. «Si un ayuntamiento le comunica a un autónomo cualquier cuestión relativa a la terraza pongamos, de nuevo, el 10 de marzo y le da diez días para contestar, el pasado lunes le quedarían seis días hábiles. Mucho cuidado con no atenderlo a tiempo porque estos derechos del autónomo pueden perderse muy rápido y, sin embargo, luego puede llegar a ser muy lento el proceso para recuperarlos» explicó el vocal.

Por no hablar de subvenciones. Cualquier prestación o ayuda que haya recibido el autónomo también conlleva muchos trámites administrativos «y hay algunos con los que hay que estar especialmente alerta. Podría darse el caso de que la Administración o entidad delegada requiriera de alguna documentación, sea cual sea,  para acreditar el derecho a la subvención. Si no se aportara, se podría dar como no contestado y perder la subvención» advirtió José Antonio Martín.

Otros plazos empiezan a contar de cero

Por otro lado, también hay otros procedimientos administrativos cuyo plazo de vencimiento empieza a contar de nuevo, es decir, que no se reanuda sino que se reinicia. Y algunos afectan mucho a los autónomos. Concretamente a los societarios. Por ejemplo, para las sociedades mercantiles, la última norma reinicia los plazos para formular y depositar las cuentas anuales. El plazo habitual, que es de tres meses o cuatro -según la obligación de la que se trate-, empezaría a contar desde el 1 de junio. 

Todo lo que no fueran tributos, cualquier procedimiento a nivel administrativo, con la consejería de transportes o con algún ayuntamiento, «tenemos claro que, o bien se reanudó- que es lo que ha sucedido en la mayoría de los casos-, o bien se reinició de nuevo -que es lo que ha pasado en algunos trámites muy puntuales como interposición de recursos en vía administrativa, procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación o mediación-» explicó el vocal del Colegio de Gestores Administrativos de Madrid.

Los plazos tributarios finalizaron el mismo 1 de junio

La Agencia Tributaria amplió hasta el 30 de mayo el plazo para que los autónomos y empresas contestaran los requerimientos, diligencias de embargo y solicitudes de información con trascendencia tributaria que no hubieran concluido cuando entró en vigor el Real Decreto ley del 14 de marzo. Todos los procedimientos administrativos quedaron suspendidos por el Estado de Alarma y se ha reanudó el cómputo de los días a partir del lunes . Todos menos los de la Agencia Tributaria, que tiene una normativa propia y que no se suspendieron, sino que se aplazaron, tal y como confirmaron a este periódico fuentes de la AEAT.

Esto significa que el plazo para atender los requerimientos y obligaciones que los autónomos tuvieran pendientes con Hacienda de antes del Estado de Alarma no se reiniciaron, sino que finalizaron este mismo lunes. La fecha limite para atender estos trámites se amplió hasta el pasado día 30 de mayo. Como no era día laborable, el último día para contestar a dichos requerimientos pasó al pasado lunes 1 de junio.

Aunque, «si al autónomo se le pasó el plazo para atender cualquier procedimiento con la Agencia Tributaria puede acogerse al hecho de que hay una norma, en principio superior, que afecta a todas las administraciones y que dice que los plazos se reanudan desde el 1 de junio» aseguró José Antonio Martín Herrera, vocal del Colegio de Gestores Administrativos de Madrid.

También llegó de golpe ese mismo día el cobro de los aplazamientos que estuviesen concedidos antes del Estado de Alarma. Aquellos vencimientos de deudas aplazadas que tuvieran un periodo de pago entre el 14 de marzo y el 30 de mayo, llegaron todos juntos. Una persona que declaró el IVA del cuarto trimestre de 2019 e hizo un aplazamiento, no pagó el 20 de marzo, ni de mayo , ni de abril. Si no que se le cargaron todas estas cuentas pendientes el primer día de junio.

Hacienda vuelve «en todo su esplendor»

Desde el pasado lunes no sólo volvieron a correr los plazos, sino que las propias administraciones también fueron recuperando poco a poco la normalidad. Y algunas están a pleno rendimiento. «Desde el pasado lunes no paran de llegar nuevos requerimientos a clientes por parte de la Agencia Tributaria. Hacienda ha sido la primera que ha vuelto y ha vuelto en todo su esplendor. Estos días nos han llegado todo tipo de comprobaciones aunque, hay que reconocer que también se han pagado de golpe muchas devoluciones.» aseguró Fernado Santiago, Presidente del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos.

Al parecer, los requerimientos, que son notificaciones que remite Hacienda tras haber detectado una posible incidencia solicitando la información y documentación oportuna que la aclare, han llegado a toda velocidad. Estas solicitudes de información por parte de la AEAT suelen darse cuando  los datos que posee Hacienda no coinciden con los expresados por el contribuyente. Y también «han vuelto con fuerza las comprobaciones e inspecciones por parte de Seguridad Social y Trabajo» aseguró el presidente de los gestores.

Trabajo está empezando a revisar ERTEs

La mayoría de las inspecciones de Trabajo quedaron paralizadas por el Estado de Alarma. Sin embargo, han vuelto con fuerza y, al parecer, lo han hecho centrándose en las comprobaciones de los ERTEs por causa de fuerza mayor. Lo aseguraron a este digital desde el propio departamento de Trabajo. Según estas fuentes, las inspecciones ya están en marcha y, sobre todo, centradas en comprobar y detectar posibles fraudes en estos expedientes.

Los ERTEs por causa de fuerza mayor, al igual que la prestación por Cese de Actividad extraordinario fueron medidas que puso en marcha el Gobierno y que se solicitaron de forma masiva por parte de los negocios. Sin embargo, tal y como advirtieron en su momento desde ambos ministerios (tanto Seguridad Social como Trabajo) estas medidas podrían ser -y en muchos casos serán- comprobadas por las entidades correspondientes, para que se acredite que de verdad había situación extraordinaria o de causa de fuerza mayor.

Serían las mutuas en el caso de la prestación extraordinaria, y Trabajo en el caso de los ERTEs. En todo caso, es probable que esto vaya a más según pase el tiempo. El verdadero problema «lo tendremos de aquí a un año, cuando la Administración ya se ha haya recompuesto de la crisis y cuente con todos los recursos para llevar a cabo las revisiones que considere oportunas. No sabemos cómo se hará porque aún no hay un histórico que recoja este tipo de actuaciones» concluyó José Antonio Martín Herrera, vocal del Colegio de Gestores Administrativos de Madrid.

Fuente: Autónomos y Emprendedor