¿Cuánto tiempo tiene que esperar un autónomo para volver a disfrutar de la Tarifa Plana? Los autónomos que disfrutaron de la Tarifa Plana, abandonaron la actividad y ahora quieren reemprender, pueden volver a disfrutar de esta bonificación en la cuota. Pero ha de haber pasado un tiempo determinado. Lo mismo sucede con la denominada ‘Cuota Cero’ que han implantado alguna CCAA..

A lo largo de su trayectoria profesional, un autónomo puede darse de alta y baja en el RETA cuantas veces desee. Sin embargo, si se trata de su primera afiliación o si lleva un determinado tiempo sin ejercer como trabajador por cuenta propia, puede disfrutar de distintas bonificaciones en su cuota mensual a la Tesorería como la denominada Tarifa Plana. Para beneficiarse de nuevo de estas ayudas si ya las disfrutó, tendría que ver si han pasado los años que marca la ley dependiendo de la tipología del emprendedor y el motivo de su cese. Condiciones que también se aplica a la ‘Cuota Cero’ que proponen algunas Comunidades Autónomas, que bonifica el 100% de las cotizaciones los dos primeros años de actividad.

Con la entrada en vigor el próximo año de la cotización por ingresos reales, la Tarifa Plana traerá importantes novedades. Más allá de la cuantía de que deberá abonar el autónomo a la Seguridad Social – que pasará de 69 euros a 80 euros el primer año de actividad en 2023 -, los criterios para volver a optar de esta ayuda se mantienen: un autónomo que haya cesado su actividad tendrá que esperar dos años si desea recuperar esta bonificación en su cuota mensual a la Tesorería.

Sin embargo, el abogado laboralista Alberto Ara explicó que existen distintos tiempos de espera para poder volver a disfrutar de esta bonificación. “No es lo mismo estar en un régimen de estimación directa que ser autónomo colaborador. Los tiempos que un trabajador por cuenta propia tiene que esperar para disfrutar de una bonificación en su cuota a la Seguridad Social son totalmente distintos”, afirmó el letrado.

El abogado explicó que un autónomo en estimación directa podrá volver a disfrutar de nuevo de la ‘Tarifa Plana’ si han pasado dos años desde su cese de actividad. En el caso de un autónomo colaborador -que aunque no tenga una Tarifa Plana como tal si tiene bonificaciones en su cuota al iniciar su actividad -, el tiempo de espera será de cinco años como recoge el artículo 35 de la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo.

“Finalmente, aquellas trabajadoras por cuenta propia que, durante los períodos de descanso por nacimiento de un hijo, adopción, riesgo de embarazo o similares tuvieron que cesar su actividad, una vez retomen su actividad disfrutarán de los meses restantes que le quedaban de esta bonificación”, concretó el abogado laboralista.

Y existen otras casuísticas, si por ejemplo una autónoma que estaba en el modelo actual de ‘Tarifa Plana’ su actividad cesó en el sexto mes – pagando 69 euros mensuales el primer año de actividad – podrá disfrutar de los meses restantes que le queden esta bonificación en el momento en el que vuelva a retomar su trabajo como profesional por cuenta propia.

¿Cuánto tiempo deberá esperar un autónomo para recuperar la ‘Cuota Cero?

Algunas Comunidades Autónomas, como Castilla y León, Madrid, Murcia o Andalucía bonifican o bonificarán a partir del 2023 el 100% de la cuota a la Seguridad Social bajos determinadas condiciones, como que se traten de jóvenes menores de 30 años o que los trabajadores por cuenta propia tengan rendimientos netos mensuales inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.

Los autónomos que se acojan a esta denominada ‘Cuota Cero’, concretamente aquellos que se encuentran en estimación directa, “tendrán que esperar dos años como ocurría con el anterior modelo de ‘Tarifa Plana’”, explicaron fuentes internas de la Junta de Andalucía. De este modo, un autónomo andaluz que disfrutó de la ‘Cuota Cero’, podrá volver a recuperarla dos años después de que cesará su actividad.

¿Cómo será la Tarifa Plana con la cotización por ingresos reales?

La tarifa plana es una prestación que se creó en 2013 para facilitar a los autónomos el cumplimiento del pago sus cotizaciones sociales en los dos primeros años de actividad, habida cuenta de que, precisamente cuando se lanza un negocio, existen mayores dificultades (inversiones y gastos junto con un menor volumen de clientes).  A lo largo del tiempo, la bonificación ha sufrido diferentes modificaciones: se ha extendido su duración, se ha permitido que puedan acceder a los autónomos societarios, etc. Y en estos momentos, los trabajadores por cuenta propia que se acogen a ella disfrutan de una bonificación estatal de su cuota a la Seguridad Social durante 24 meses. Si bien, a lo largo de ese periodo de tiempo la ayuda se va haciendo cada vez menor y el importe a pagar por el trabajador autónomo se incrementa.

Según viene regulado en el artículo 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, la tarifa plana actual se articula hasta diciembre del 2022 de la siguiente manera:

  • Durante los 12 primeros meses: se establece una cuota mensual de 60 euros (realmente son 69 euros porque han subido los tipos) para los trabajadores autónomos que elijan la base mínima de cotización. No obstante, los autónomos que lo deseen pueden abonar una cuota superior, disfrutando de un 80% de bonificación.
  • Durante el mes 13 y hasta el 18: los trabajadores por cuenta propia se benefician de una reducción el 50% de su cuota mensual. Esto significa, que los afiliados que están cotización por la base mínima pagan una cuota de 146,97 euros al mes durante seis meses.
  • Durante el mes 19 y hasta el mes 24 los trabajadores por cuenta propia se benefician de una reducción del 30% de su cuota mensual. Esto significa, que los afiliados que están cotizando por la base mínima pagan una cuota de 205 euros al mes durante seis meses.

En total, los autónomos que se están beneficiando actualmente de la tarifa plana y que deciden cotizar por la base mínima, al cabo de dos años deben desembolsar de 2.836,38 euros en concepto de cuotas a la Seguridad Social. Sin embargo, con la modificación de la tarifa plana que entrará en vigor el 1 de enero de 2023 ese gasto en cotizaciones sociales durante los primeros años de emprendimiento será mucho menor.

Según el nuevo texto del real decreto, todos los trabajadores por cuenta propia que se den de alta por primera vez pagarían durante los primeros 12 meses una cuota mensual de 80 euros. Y la misma cantidad durante otros 12 meses, siempre y cuando sus rendimientos en este segundo año no superen los 1.125 euros anuales (esto es, el SMI). Lo cual se traduce en una suma total de 1.920 euros al cabo de dos años.

Aunque los emprendedores al principio vayan a pagar un poco más con la nueva tarifa plana, que con la actual ( 80 euros vs 69 euros al mes), al cabo de dos años la nueva modalidad compensa al trabajador por cuenta propia y se traduce en un ahorro de 916,38 euros, porque se mantienen los 80 euros mensuales durante dos años, mientras que, con el actual sistema, durante el segundo año la cuota se eleva hasta los 205 euros .

¿Qué bonificaciones en la cuota tienen los autónomos colaboradores?

Una de las cosas a tener en cuenta es que los autónomos colaboradores, al iniciar su actividad, no podrán optar a la ayuda conocida como Tarifa Plana que bonifica la cuota de la Seguridad Social el primer y segundo año de actividad. Actualmente, la cuota mínima de este colectivo es de 294 euros mensuales al igual que el resto de trabajadores por cuenta propia afiliados al RETA. Sin embargo, a pesar de no disfrutar de la Tarifa Plana, durante los primeros dos años esta cuota está bonificada.

Los autónomos colaboradores disfrutarán de una reducción en su cuota a la Seguridad Social del 50% los primeros 18 meses de su actividad en el negocio familiar, pagando 147 euros en la actualidad. Los seis meses restantes, la deducción será del 25%, abonando mensualmente 220,5 euros a la Tesorería. Una vez concluido este periodo, pasaran a pagar la cuota completa.

Fuente: Autónomos y Emprendedor