Créditos ICO: ahora las pymes pueden obtener financiación de forma directa

ICO DIRECTO

¿A quién está dirigido este producto?

Pueden solicitar financiación a través de este producto Autónomos, Pymes y las entidades sin ánimo de lucro (siempre tengan personalidad jurídica y capacidad de obrar) residentes en España y que lleven a cabo inversiones o tengan necesidades de circulante.

La antigüedad mínima del autónomo, entidad sin ánimo de lucro o Pyme para poder solicitarlo debe ser de un año, a partir de la fecha de constitución, en el caso de una empresa y de la entidad sin ánimo de lucro o desde la fecha de alta en el Régimen General de Autónomos, en el caso de autónomos.

¿Cuál es el plazo solicitar el préstamo?

El plazo de solicitud está, vigente hasta el 31 de diciembre de 2011.

¿Quién decide si me conceden el préstamo?

El ICO es el encargado del estudio y la aprobación de las operaciones, ya que es quién asume la totalidad del riesgo.

¿A qué puedo destinar el préstamo?

En función de la modalidad que necesite se puede financiar:

1.- Inversión:

* Activos fijos productivos: nuevos y de segunda mano.

* Adquisición de vehículos turismos, cuyo precio (no incluido I.V.A o Impuesto General Indirecto Canario

(I.G.I.C.) no supere los 30.000 euros.

* Adquisición de Empresas.

* Leasing (incluido el impuesto de matriculación de vehículos).

La inversión a financiar no podrá tener una antigüedad superior a un año y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 1 mes a contar desde la fecha de firma de la financiación.

En todo caso, no se financian bajo esta modalidad de inversión: reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión, ni el circulante.

2.- Liquidez:

Necesidades puntuales de tesorería o liquidez.

¿Si obtengo financiación a través de este producto puedo solicitar las ayudas que conceden otros organismos?

La obtención de financiación en este producto no es incompatible con la obtención de financiación de otros organismos o de otras Líneas ICO 2010.

¿Cuál es el importe máximo del préstamo que puedo solicitar?

Hasta 200.000 euros por cliente, en una o varias operaciones.

¿Qué tipo de interés se va a aplicar en el préstamo?

El cliente tendrá un tipo de interés variable Euribor 6 meses más 4 %.

El tipo de interés final para el cliente (TAE), según la modalidad escogida se publica quincenalmente. Puede consultar el tipo de interés vigente actualmente en en el apartado Tipos de Interés de la ficha del producto en nuestra web icodirecto.es.

¿Cuál es el plazo para devolver el préstamo?

Según la modalidad elegida el cliente tendrá los siguientes plazos para devolver el préstamo/leasing:

a) Inversión

7 años, con 2 años de carencia del pago del capital inicial.

b) Liquidez

3 años con 1 año de carencia para el pago del capital inicial.

¿Qué garantías tengo que aportar al pedir el préstamo?

El ICO realizará un análisis de cada solicitud y en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad, determinará las garantías que considere oportunas, que podrán ser por ejemplo: hipotecarias, personales, avales solidarios o Sociedades de Garantía Recíproca.

Es conveniente que las operaciones de financiación a pymes vengan acompañadas por el compromiso de las personas físicas relacionadas con el cliente.

¿Al pedir este préstamo voy a tener que pagar comisiones?

Se cobrará una comisión de apertura del 0,5% sobre el importe solicitado, con un mínimo de 60 Euros.

¿Puedo cancelar el préstamo anticipadamente?

Se podrá realizar una amortización anticipada voluntaria siempre que coincida con una fecha de renovación de intereses, a solicitud del cliente en la entidad de crédito donde se formalizó el préstamo, sin ninguna penalización.

¿Qué documentación tengo que aportar?

Durante el análisis de la operación por parte del ICO los analistas podrán solicitar a través de un correo electrónico la documentación que consideren necesaria para realizar dicho análisis. Esta documentación será presentada por el cliente a través del canal Facilitador Financiero a través de la página www.facilitadorfinanciero.es.

Una vez que la operación haya sido aprobada por ICO, durante la formalización en la entidad elegida por el cliente, bien Santander o BBVA, deberá aportar la documentación necesaria para verificar la titularidad de la operación.

En el caso en que el cliente haya optado por la modalidad de Inversión deberá acreditar en la entidad financiera la justificación de la inversión financiada, comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de que se ha realizado esa inversión.

¿Dónde puedo solicitar el préstamo?

La solicitud se realizará informáticamente a través del canal del Facilitador Financiero www.facilitadorfinanciero.es.

En el Teléfono de Atención al Cliente 900 567 777 se podrá resolver cualquier duda y se recibirá asesoramiento sobre el proceso de cumplimentación de la solicitud.

Las operaciones que resulten aprobadas se formalizarán a través de las entidades: BBVA y Banco Santander, que se pondrán en contacto con los clientes para iniciar el proceso de formalización de la operación.

¿Cómo puedo saber el estado de mi solicitud?

Podrá consultar el estado de la solicitud a través del canal del Facilitador Financiero. En él podrá visualizar todas las operaciones dadas de alta con su número de identificación (CIF/NIF/NIE) y su clave de usuario.

Otra vía para conocer el estado de la solicitud es a través del Centro de Atención Telefónica (900 567777).

Cierre: Si necesitas ampliar esta información no olvides que ponemos a tu disposición un teléfono gratuito de atención al cliente, 900 567 777, para que nos hagas llegar tus consultas.

ICO SGR

¿A quién está dirigida esta línea?

Esta línea de financiación está dirigida a autónomos, empresas y entidades sin animo de lucro, con necesidades de financiación de inversión y/o circulante que cuenten o puedan contar con la consideración de socio participe de una de las SGR acogidas a la línea.

¿Cuál es el plazo solicitar el préstamo?

El plazo de solicitud está abierto hasta el 19 de diciembre de 2011

¿Quién decide si me conceden el préstamo?

Una vez considerado viable por el ICO y aprobada por la SGR, la operación se formalizará en una de las entidades que tengan convenio con la SGR.

¿A qué puedo destinar el préstamo?

En función de la modalidad que necesite se puede financiar:

1.- Inversión:

• Activos fijos productivos: nuevos y de segunda mano.

• Adquisición de vehículos turismos, cuyo precio (no incluido IVA o Impuesto General Indirecto Canario

(I.G.I.C.)) no supere los 30.000 euros.

• Adquisición de Empresas.

• Leasing (incluido el impuesto de matriculación de vehículos).

La inversión a financiar no podrá tener una antigüedad superior a un año y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 3 meses a contar desde la fecha de firma de la financiación.

En todo caso, no se financian bajo esta modalidad de inversión: reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión, ni el circulante.

2.- Liquidez:

Necesidades puntuales de tesorería o liquidez

¿Si obtengo financiación a través de esta línea puedo solicitar las ayudas que conceden otros organismos?

La obtención de financiación en esta línea no es incompatible con la obtención de financiación de otras Líneas ICO 2010.

¿Cuál es el importe máximo del préstamo que puedo solicitar?

Se financiará el 100% del proyecto de inversión:

• De 0 a 600.000 euros para clientes con una antigüedad inferior a un año desde la fecha de constitución o inscripción en el registro de autónomos correspondiente en el caso de emprendedores, hasta la fecha de firma de la financiación.

• De 200.001 a 600.000 euros para clientes con una antigüedad superior a un año desde la fecha de constitución o inscripción en el registro de autónomos correspondiente en el caso de emprendedores hasta fecha de firma de financiación.

*impuestos similares: Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) e Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la importación (IPSI) aplicable en Ceuta y Melilla

¿Qué tipo de interés se va a aplicar en el préstamo?

Variable, Euribor 6 meses más 3 %, más:

• Hasta 1% en concepto de coste de aval anual por saldo vivo.

• Hasta 4% de cuota social mutualista.

¿Cuál es el plazo para devolver el préstamo?

Según la modalidad elegida el cliente tendrá los siguientes plazos para devolver el préstamo/leasing en el caso de inversión y únicamente el préstamo en el caso de liquidez:

a) Inversión

7 años, con 2 años de carencia del pago del capital inicial.

b) Liquidez

3 años con 1 año de carencia para el pago del capital inicial.

¿Qué garantías tengo que aportar al pedir el préstamo?

El ICO analizará la solicitud y en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad, determinará las garantías a aportar que podrán ser por ejemplo: hipotecarias, personales, avales solidarios o Sociedades de Garantía Recíproca.

La SGR podrá solicitar en su revisión garantías adicionales a las solicitadas por el ICO.

¿Al pedir este préstamo voy a tener que pagar comisiones?

Sólo se cobrará una comisión de apertura del 0,5% sobre el importe solicitado, con un mínimo de 60 Euros

¿Puedo cancelar el préstamo anticipadamente?

Sí, por acuerdo entre las partes. El CLIENTE y la Entidad Financiera tienen la facultad de proceder a la amortización anticipada de la totalidad o parte del principal de la operación en la fecha que ambos establezcan.

¿Qué documentación tengo que aportar?

Durante el análisis de la operación por parte del ICO los analistas podrán solicitar a través de un correo electrónico la documentación que consideren necesaria para realizar dicho análisis. Esta documentación será presentada por el cliente a través de la herramienta informática del Facilitador Financiero.

La SGR durante su análisis podrá solicitar documentación adicional al cliente.

Una vez que la operación haya sido aprobada por la SGR, durante la formalización en la entidad elegida por el cliente de entre las que tienen convenio con la SGR deberá aportar la documentación necesaria para verificar la titularidad de la operación.

En el caso en que el cliente haya optado por la modalidad de Inversión deberá acreditar en la entidad la realización de la inversión financiada, comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de que se ha realizado esa inversión.

¿Dónde puedo solicitar el préstamo?

La solicitud se realizará informáticamente a través del canal del Facilitador Financiero al que se accede a través de la página web: www.facilitadorfinanciero.es.

En el Teléfono de Atención al Cliente 900 567 777 se podrá resolver cualquier duda y se recibirá asesoramiento sobre el proceso de cumplimentación de la solicitud.

¿Cómo puedo saber el estado de mi solicitud?

Podrás consultar el estado de la solicitud a través del Portal del Falicitador Financiero. En él podrás visualizar todas las operaciones dadas de alta con tu número de identificación (CIF/NIF/NIE) y tu clave de usuario.

Otra vía para conocer el estado de la solicitud es a través del Centro de Atención Telefónica (900 567777).

Si necesitas ampliar esta información no olvides que ponemos a tu disposición un teléfono gratuito de atención al cliente, 900 567 777, para que nos hagas llegar tus consultas.