¿Qué autónomos pueden acceder y cuáles no a las últimas ayudas del Kit Digital? No todos los autónomos con menos de tres empleados podrán cobrar las ayudas de la última convocatoria del Kit Digital. Desde Red.es, entidad gestora de las subvenciones, explican quiénes sí y quiénes no pueden ser beneficiarios.

Los autónomos sin empleados o con un máximo de dos empleados a su cargo pueden solicitar desde el pasado 20 de octubre la tercera convocatoria de las ayudas del Kit Digital.

Esta última convocatoria, para el tercer segmento de beneficiarios, va dirigida a los negocios más pequeños, que podrán optar a un bono de hasta 2.000 euros para digitalizar su actividad a través de servicios como la instalación de programas de facturación electrónica, la creación de una página web o la gestión de las redes sociales.

Según avanzaron a este diario fuentes de Red.es, entidad encargada de gestionar estas subvenciones, en apenas cuatro días ya se habrían recibido más de 30.000 solicitudes para esta nueva convocatoria, que es la que más potenciales beneficiarios tiene. Se estima que casi tres millones de autónomos podrían cumplir el requisito más básico para optar a esta convocatoria, que es tener menos de tres empleados.

Ahora bien, hay casos como el de los autónomos societarios o colaboradores, en los que sí se podría cumplir los requisitos básicos pero, sin embargo, quedarían excluidos de esta tercera convocatoria.

¿Qué autónomos pueden ser beneficiarios de la tercera convocatoria del Kit Digital?

Según el extracto de la resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por la que se convocan las ayudas para el tercer segmento, los beneficiarios directos de esta última convocatoria serían todas «las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español» y estén «comprendidas en el Segmento III que establece el artículo 7.2 de las Bases Reguladoras».

Deben ser «pequeñas empresas o microempresas o autónomos con entre cero y menos de tres empleados». Ahora bien, hay que tener cuidado porque a la hora de acceder a esta subvención, realmente no se tiene en cuenta el número de empleados contratados, sino la plantilla media anual de la empresa, que es la suma de todas las horas y días cotizados en el último año por los trabajadores.

¿Cómo saber si tengo menos de tres empleados a cargo?

Lo más sencillo para conocer la plantilla media del negocio en el año anterior -si no tiene empleados, podría acceder directamente a esta última convocatoria- es solicitar el informe a través de RED directo. No todos los autónomos tienen la posibilidad de acceder a este trámite, ya que muchas veces este sistema de la Seguridad Social exige determinados navegadores y certificados que no todo el mundo tiene. En caso de no poder acceder, los expertos recomiendan a los trabajadores por cuenta propia que pidan directamente este documento a su gestor o asesor, ya que será necesario contar, al menos, con el dato de trabajadores a cargo en los últimos doce meses para completar la solicitud de la subvención.

A modo de referencia para que los autónomos puedan hacerse a la idea de si tienen o no derecho a la ayuda, hay que partir de la base de que un trabajador sólo se contabilizará como un empleado para el Kit Digital cuando está contratado a 40 horas.

Un trabajador a tiempo parcial ya no se contabilizaría como uno, sino como medio. Siguiendo con este ejemplo, un autónomo que tenga cuatro empleados pero tres de ellos a tiempo parcial, sí podría acceder a esta tercera convocatoria ya que cada uno contaría como medio y se entendería que tiene sólo dos empleados en plantilla. Sin embargo, si tuviera tres a cuarenta horas, tendría que solicitar la anterior convocatoria, para el segundo segmento -entre tres y diez empleados en plantilla-.

Autónomos que quedarían excluidos de la última convocatoria del Kit Digital

La convocatoria de ayudas del Kit Digital para negocios con menos de tres empleados también excluye a algunos autónomos que, a pesar de cumplir los requisitos básicos – tener menos de tres empleados- no pueden ser beneficiarios. Éstos son:

  • Autónomos societarios 

Los autónomos societarios, según el extracto publicado en el BOE, quedan excluidos de esta última convocatoria de las ayudas del Kit Digital. Según explicaron desde Red.es, esto no significa que ser autónomo societario vaya a impedir a un trabajador por cuenta propia beneficiarse de estas subvenciones. Simplemente, «deberá hacer la solicitud a través de la sociedad que gestiona. Esto se ha hecho para evitar que dos socios de una misma empresa soliciten esta ayuda porque la subvención debe ir destinada al negocio y no a todos los autónomos que lo gestionan«.

  • Autónomos colaboradores

Lo mismo ocurre con los autónomos colaboradores. En este caso «las ayudas van dirigidas al autónomo persona física que es dueño del negocio y aparece registrado como tal. No puede cobrar un mismo negocio las ayudas a través de dos personas, ya que se duplicaría la subvención, por lo que el autónomo colaborador no podrá ser quién lo solicite», apuntaron las mismas fuentes de Red.es.

  • Agentes Digitalizadores

Además, y como es lógico, los autónomos y empresas que se han inscrito como agentes digitalizadores y van a cobrar por implementar los servicios digitales en los negocios beneficiarios de esta subvención no podrán solicitar la ayuda. Tampoco podrán hacerlo aquellos con los que estos «contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización», según la convocatoria.

  • Autónomos que ya hayan solicitado las ayudas 

Como también es obvio, los autónomos que ya hayan solicitado las ayudas en anteriores convocatorias -el segmento I o el segmento II- tampoco podrán beneficiarse de estas subvenciones. Esto es porque si cumplían los requisitos en las anteriores convocatorias -tener entre tres y 10 o más de 10 empleados-, en principio, no deberían cumplirlos ahora.

  • Otras figuras jurídicas que no pueden solicitar las ayudas

Según la convocatoria, tampoco podrán solicitar estas ayudas las uniones temporales de empresas (UTE) ni las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.  Estarán excluidos igualmente los colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o «cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica», apunta el texto legal.

Otros requisitos que deberán cumplir los autónomos para ser beneficiarios del Kit digital

Además, para poder ser beneficiarios de esta tercera convocatoria del Kit Digital, los autónomos deberán cumplir con una serie de requisitos, establecidos en el artículo 8 de las Bases Reguladoras:

  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio de 2014 y el Reglamento (UE) nº 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021

  • Estar al corriente de pago tanto con la Agencia Tributaria como con la Seguridad Social

  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común

  • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

  • No superar el límite de ayudas de minimis

  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital

¿Cómo pueden solicitarse las ayudas del Kit Digital?

Antes de solicitar la ayuda del Kit Digital, es imprescindible disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital. Para ello, será necesario registrarse en el área privada de Acelera pyme y completar el test de autodiagnóstico, que no lleva más de 10 minutos.

En segundo lugar, los autónomos deberán consultar la información disponible sobre las soluciones de digitalización del programa, donde podrán escoger una o varias de las indicadas en el catálogo, que puede consultarse en el portal web de Acelera pyme. También podrá consultarse el catálogo de agentes digitalizadores, compuesto por más de 9.300 agentes. Tras este paso, los autónomos podrán acceder a la Sede Electrónica de Red.es y solicitar el Kit Digital.

Soluciones digitales Kit Digital

Fuente: Autónomos y Emprendedor